Francesc Ramis Darder
Las
Leyes Asirias fueron recopiladas durante el reinado de Teglatfalasar I
(1114-1076 a.C.). El encabezado ensalza la pericia militar y política de
Teglatfalasar; a continuación figura el cuerpo legal. El derecho penal asirio
es el más cruel de cuantos han llegado hasta nosotros; parece como si la dureza
hubiera sustituido la piedad y la misericordia.
De modo sorprendente, la Leyes Asirias
contemplan el castigo vicario. Vemos un supuesto: Si un ciudadano maltrata
físicamente a la esposa de otro hasta que tiene un aborto, entonces el marido
de ésta maltratará físicamente a la esposa del acusado hasta que tenga un
aborto. El acusado compensará a la víctima dando a la familia de ésta un hijo
de su propia familia (Art. 50). La Escritura no contempla los castigos
vicarios. Se atiene a la compensación: Si en el curso de una riña, alguien
golpea a una mujer encinta, provocándole el aborto […] el culpable deberá
indemnizar con lo que le pida el marido y determinen los jueces (Ex 21,22). La
Escritura castiga al culpable, pero no a su esposa. Además valora la actuación
de los jueces, sin dejar la compensación al arbitrio del marido. Como señala la
Biblia, cada persona es responsable de sus acciones, sin poder descargar la
culpa sobre sus parientes o antepasados (Ez 18).
Síntesis. La legislación del AT figura en
cinco conjuntos principales: Decálogo (Ex 20,2-7; Dt 5,6-21), Código de la
Alianza (Ex 20,22-23,33), Código Deuteronómico (Dt 12-26), Ley de Santidad (Lv
17-26) y Código Sacerdotal (Lv 1-16). Aunque existan analogías con los códigos
mesopotámicos, afloran diferencias. Los códigos orientales tienen a los dioses
como garantes de la Ley, pero la Escritura no solo tiene a Dios como garante,
sino como autor de la Ley. Las leyes de la Escritura salvaguarden la alianza de
Dios con su pueblo, alianza que lacera la idolatría, máscara de la
injusticia.
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